Tercer Tribunal Colegiado conocerá juicio de fondo contra Donald Guerrero y otros implicados

El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional fue apoderado para conocer el juicio de fondo contra el exministro de Hacienda, Donald Guerrero, y otros implicados en la presunta red de corrupción.

La presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional realizó la asignación del expediente mediante sorteo aleatorio computarizado, recayendo la responsabilidad en el tribunal presidido por la magistrada Arilin Ventura.

Tras este apoderamiento, el tribunal procederá con la emisión del auto de fijación de audiencia y notificación a los fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), a los imputados, así como al equipo de abogados que representa al Estado dominicano en sus labores de recuperación de activos.

La decisión de enviar a juicio de fondo al exfuncionario fue dictada previamente por la jueza Altagracia Ramírez, del Cuarto Juzgado de la Instrucción, tras validar los elementos probatorios presentados por el Ministerio Público.

Junto a Donald Guerrero, deberán comparecer ante el tribunal Ángel Lockward, Alexandra García Medina, Gervasio Fernández, Daniel de Jesús Camaño, Juan Tomás Céspedes y Julián Omar Fernández.

Kimberly Arias Martínez y César Miguel Santana Martínez, Edwin Óscar Brito, Mabel Mejía, Náthaly Hernández Guzmán y Luis Miguel Pichirilo.

El Ministerio Público sostiene acusaciones graves contra este grupo, que incluyen asociación de malhechores, desfalco, coalición de funcionarios, falsificación de documentos, soborno, lavado de activos y financiamiento ilícito de campaña.

Es importante recordar que, durante la etapa del juicio preliminar, la jueza Ramírez dictó un auto de no ha lugar a favor de otros procesados inicialmente en el expediente.

Entre los beneficiados se encuentran los exministros Gonzalo Castillo y José Ramón Peralta, así como Marcial Reyes, Rosa Arias Ruiz y Daniel Alberto Guerrero Mena (hijo de Donald Guerrero).

El tribunal justificó esta decisión al considerar que las pruebas aportadas por la parte acusadora no poseían la suficiencia necesaria para sustentar una apertura a juicio contra estos ciudadanos.

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