Jueza absuelve a Olivo de León ante acusaciones de Medio Ambiente en SFM

EL NUEVO DIARIO, SAN FRANCISCO DE MACORIS.- La jueza Arelis Camacho, presidenta de la Cámara Penal del Distrito Judicial de la provincia Duarte, declaró no culpable al periodista Olivo de León, de las acusaciones que les formuló la Procuraduría de Medio Ambiente de la provincia Duarte.

“Este tribunal emite una sentencia absolutoria a favor del acusado Olivo de León, debido a que las pruebas presentadas en su contra carecen de validez técnica, científica y de asidero jurídico”, expresó la jueza.

Al continuar la lectura del dispositivo, la magistrada Padilla dijo que se ordena el cese de la medida de coerción que le había dictado la Corte de Apelación, le informa al Ministerio Púbico que tiene hasta 20 días de plazo para si desea apelar, y fija para el 15 de abril de 2026 la lectura completa de la sentencia.

Previo a la emisión del fallo, la presidenta del tribunal ponderó los argumentos y las pruebas presentadas por la defensa y el acusado, en el sentido de que había alquilado el solar donde funciona un dealer, lo cual acompañó del contrato de arrendamiento; haciendo constar que, aún siendo propietario del solar, él no construyó, por lo que no debe ser juzgad por algo que no hizo.

Mientras que el procurador de Medio Ambiente presentó un informe, una investigación que no cumple con ningún rigor técnico, ni científico, así como dos testigos, uno su chofer, y el otro, un empleado de Medio Ambiente, quien dijo que no debía ser la persona que estuviera allí, quienes no pudieron ofrecer datos precisos de las acusaciones.

Ante esa situación, la magistrada declaró a Olivo de León, no culpable de las acusaciones que les formuló el Ministerio Público, de violar los artículos 14, 15, 16 y 17 de la Constitución; la Ley 64-00 de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en sus artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 14, 16, 38, 109, 110 y 129 de la Ley 57-18 o Ley Sectorial Forestal, en sus artículos 62.1.7.8, sancionado por los artículos 63 y 64 de dicha ley.

También, lo absolvió de las acusaciones de violar la Ley Sectorial de Áreas Protegidas, en sus artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 13, 14, 33, 34, 35, 36; la Ley de Biodiversidad, en sus artículos 2, 3, 5, 6, 8, 9, 14 y 16, y los 29 y 30, sancionados por los artículos 71, 72, 73 y 76; la Ley 123-21; las normas de protección forestal; los artículos 15, 16, 18, 19 y 20 de la Ley 14-74 de vías de comunicación.

La tarde del lunes 23 de marzo concluyó el conocimiento del caso, en cuya audiencia los procuradores de Medio Ambiente, Juana María Brito y Juan de Dios Rosario, no pudieron demostrar ninguna de sus acusaciones; tampoco pudieron presentar ningún estudio de impacto ambiental, ni de evidencias que justificara sus acusaciones contra Olivo de León.

El periodista y gremialista había denunciado que el Departamento de Medio Ambiente en la provincia Duarte, mantiene una persecución y acoso judicial permanente en su contra por las denuncias de corrupción que ha formulado, de las cuales son parte, ejecutivos y determinados miembros del personal de esa institución, y porque no ha accedido al chantaje de “pagar para que no molesten”.

Olivo afirmó, además, que padece el acoso y persecución judicial de Medio Ambiente en la provincia Duarte desde el año 2022, cuando personal de esa institución le incautó, sin ninguna justificación, palas, picos, machetes y otros instrumentos a trabajadores del campo que le colocaban una alambrada en un área de 50 metros.

También agregó que, a partir del 2023, hasta la fecha, se reinició la persecución en su contra, tomando como pretexto la habilitación de un solar, que ya había alquilado, para la instalación de un dealer.

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