Defensa de Donald Guerrero dice acusación carece de fundamentos para envío a juicio de fondo

En la continuación de la audiencia preliminar del caso Calamar, la barra de la defensa del exministro de Hacienda, Donald Guerrero, presenta en el tribunal hoy sus argumentos finales con el objetivo de desmontar la acusación del Ministerio Público sobre supuestas irregularidades millonarias en expropiaciones de terrenos y pagos a contratistas.

El doctor Eduardo Núñez  planteó a la jueza Altagracia Ramírez, del Cuarto juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, que la imputación carece de fundamento legal y material y que es materialmente imposible que Donald Guerrero haya cometido los delitos que se le imputan.

Donald Guerrero es inocente, y los propios documentos del Estado acrediten una gestión transparente en el Ministerio de Hacienda”, acotó el abogado en sus argumentos planteados al tribunal.

En ese sentido, solicitó al tribunal la exclusión total de los informes elaborados por la denominada Unidad Antifraude de la Contraloría General de la República, así como de sus 559 anexos.

Sostiene que se trata de documentos fabricados al margen de la ley, producidos sin permitir la contradicción ni la participación ni el derecho de defensa de las personas investigadas, en franca violación del artículo 69 de la Constitución.

Afirmó que dichos informes no responden a un ejercicio técnico ni imparcial, sino a un intento deliberado de crear documentos para justificar acciones que se querían llevar a cabo y dar apariencia de legalidad a una narrativa que no respondía a hechos reales, con el fin de venderle al país una historia que no se corresponde con la verdad.

El jurista explicó que en el período comprendido entre el año 2021 y 2024 se realizaron informes de auditoría sobre expropiaciones del Ministerio de Hacienda atribuidas a una Unidad Antifraude que no existe legalmente.

Esa auditoría, indicó, se llevó a cabo sin notificar, sin permitir participación y sin otorgar acceso a la información a las personas bajo escrutinio, en abierta violación de las normas básicas del debido proceso administrativo.

A juicio de la defensa, se trata de una actuación fabricada al margen del ordenamiento jurídico, utilizada durante más de cuatro años para respaldar decisiones administrativas y judiciales, aun cuando se conocía que el órgano que produjo el informe carecía de existencia jurídica.

Núñez recordó que no fue sino hasta el 14 de julio de 2025 cuando el Poder Ejecutivo creó formalmente la Unidad Antifraude mediante el Decreto 382-25, varios años después de que esa supuesta unidad realizará los trabajos que sirvieron de base al proceso penal.

Igualmente, indicó que el Decreto 382-25 es inconstitucional porque asigna facultades que afectan derechos fundamentales por medio de un decreto.

Manifestó que la acusación se sostiene sobre dos tipos de pagos que el Ministerio Público ha intentado presentar como irregulares, cuando en realidad corresponden a obligaciones legales acumuladas del Estado.

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