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Tribunal Constitucional ratifica orden de pagar RD$70 millones a Conatra en litigio contra ETED

El Tribunal Constitucional (TC) ratificó una decisión judicial que ordena a la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) pagar 70 millones de pesos a la Confederación Nacional de Organizaciones del Transporte (Conatra) como adelanto de indemnización por los daños causados por un incendio que afectó instalaciones vinculadas a la organización de transporte.

Cronología y causas del incendio en Conatra

La decisión está contenida en la sentencia TC/0122/26, mediante la cual el Constitucional rechazó un recurso presentado por ETED, su consejo de administración y el funcionario Martín Robles Morillo contra un fallo previo de la Suprema Corte de Justicia, que había validado la medida.

El conflicto judicial se origina en un incendio ocurrido el 4 de mayo de 2015 en la sede de Conatra, ubicada en el kilómetro 18 de la autopista Duarte, en Los Alcarrizos.

El fuego se propagó por un área de estacionamientos, un taller y un cementerio de chatarras donde había numerosos vehículos, incluyendo autobuses y unidades destinadas a repuestos.

De acuerdo con reportes de la época, el siniestro habría comenzado en un poste del tendido eléctrico dentro del solar de la organización, desde donde las llamas se extendieron hacia los vehículos estacionados y otras instalaciones del lugar.

  • Los bomberos calificaron el incendio como de gran magnitud, debido a la presencia de gomas, combustibles y una gran cantidad de unidades de transporte en el área afectada.

En el lugar había alrededor de 300 vehículos, cuyo valor total fue estimado en unos 600 millones de pesos, según declaraciones del empresario del transporte Antonio Marte, presidente de Conatra.

Decisiones judiciales y obligaciones de ETED

Tras el siniestro, Conatra demandó a ETED en reparación de daños y perjuicios. En un proceso civil posterior, los tribunales determinaron la responsabilidad de la empresa estatal y ordenaron indemnizar los daños materiales, aunque el monto definitivo de la compensación debía fijarse en un procedimiento separado.

Mientras se determina la cuantía final de la indemnización, un juez de referimientos ordenó a ETED pagar 70 millones como provisión, es decir, un adelanto económico destinado a mitigar los efectos del daño mientras concluye el proceso principal.

ETED impugnó esa decisión alegando que el juez no podía ordenar un pago provisional porque el monto total de los daños todavía no había sido liquidado por el tribunal competente. También sostuvo que la figura del «referimiento-provisión» no está expresamente prevista en la legislación dominicana.

Sin embargo, la Suprema Corte rechazó ese argumento al considerar que el juez de referimiento sí puede conceder un adelanto cuando existe una obligación de pago que no está seriamente contestada y cuando se demuestra urgencia.

Al revisar el caso, el Tribunal Constitucional concluyó que la Suprema interpretó correctamente el derecho y que no se vulneraron derechos fundamentales de la empresa estatal, por lo que rechazó el recurso de revisión constitucional y dejó firme la decisión que ordena el pago de la provisión.

En consecuencia, ETED deberá pagar los 70 millones a Conatra, mientras los tribunales del orden judicial determinan el monto definitivo de la indemnización por los daños derivados del incendio.