El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional ordenó el cese inmediato del arresto domiciliario que cumplía el mayor del Ejército Raúl Alejandro Girón Jiménez, quien actuó como testigo clave del Ministerio Público en el caso Coral.
La decisión fue emitida por la presidenta del tribunal, magistrada Gisell Méndez, quien varió la medida de coerción y la sustituyó por un impedimento de salida del país sin autorización judicial, además de la obligación de presentarse periódicamente el último viernes de cada mes.
El cambio de medida se produjo luego de que el tribunal acogiera la solicitud presentada por la defensa técnica del imputado, a cargo del defensor público Rubén Martínez.
La petición no encontró oposición por parte del fiscal Jonathan Pérez Fulcar, de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), ni del abogado José Alberto Ortiz, quien representa al Estado dominicano, del Equipo de Recuperación de Patrimonio Público.
Medida «desproporcionada», según la jueza
Al fundamentar su decisión, la magistrada Méndez señaló que mantener la privación preventiva de libertad resultaba desproporcionada en la etapa actual del proceso, tomando en cuenta que ya se cumplió el plazo máximo correspondiente a la pena de cinco años impuesta al militar.
La jueza recordó que el arresto domiciliario fue ordenado el 5 de mayo de 2021 por el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, y que para el momento de dictarse la sentencia, la condena se encontraba prácticamente cumplida en tiempo transcurrido bajo esa medida.
Retiro de la custodia especial
El tribunal también dejó sin efecto la custodia especial que el Ministerio Público mantenía sobre Girón Jiménez y ordenó el retiro inmediato de todo personal o autoridad que estuviera limitando su libre movilidad y tránsito.
Pese a estas disposiciones, el proceso judicial continúa abierto. Aún está pendiente la lectura íntegra de la sentencia, así como la eventual presentación de recursos por las partes involucradas.
El tribunal consideró, no obstante, que las nuevas medidas resultan suficientes para garantizar que el imputado permanezca sujeto a los actos posteriores del juicio y al cómputo definitivo de la pena por parte del juez de ejecución de la pena.
Antecedente: condena a «pena cumplida»
El mismo tribunal, integrado además por las magistradas Jisell Naranjo y Tania Yunes, había condenado previamente a Girón Jiménez a una «pena cumplida» de cinco años de prisión, al estimar que el militar ya había permanecido más de ese tiempo bajo arresto domiciliario.