El Primer Tribunal Colegiado de Santiago condenó a 30 años de prisión a un hombre que le quitó la vida a golpes a su pareja en un hecho ocurrido la noche del 31 de diciembre de 2024 en el sector La Cambronal, en Santiago, informó este martes la Procuraduría General de la República.
José Manuel Matos Vásquez deberá cumplir la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Hombres, de la referida localidad, y pagar una indemnización de ocho millones de pesos a los familiares de la víctima, Jennifer Milagros Peña.
- El expediente establece que ambos tenían una relación de 19 años y que, durante ese tiempo, en varias ocasiones el procesado agredió física y verbalmente a la hoy occisa.
Detalles del crimen
Indica que la víctima era amenazada de muerte por su verdugo, incluso en presencia de familiares de esta.
- De acuerdo con el órgano persecutor, el crimen ocurrió el 31 de diciembre de 2024 en la vivienda que compartían Jennifer y el hoy condenado.
Sostiene que, luego de cometer el hecho, Matos Vásquez se sentó a compartir con un grupo de personas de esa comunidad.
Una hermana de Peña, que vio al imputado en el lugar, le preguntó por su pariente, respondiendo este que su pareja había ido al sector Pekín a visitar a sus hijos.
En ese momento, la familiar de la víctima intentó comunicarse con ella y, al no responder, se presentó a su residencia, donde encontró el cuerpo sin vida, por lo que procedió a llamar al Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 9-1-1.
Al día siguiente, Matos Vásquez se trasladó al destacamento policial Mari López, donde confesó que había matado a su pareja, siendo arrestado de inmediato.
El informe de la autopsia practicada por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) establece que la causa del deceso de Peña se produjo por muerte violenta, de etiología médico-legal homicida, causada por un trauma craneoencefálico severo.
Proceso judicial
Los hechos fueron investigados por la procuradora fiscal Ada Reyes.
La fiscal litigante Reyna Jiménez representó al Ministerio Público en el proceso, donde los jueces Juan Carlos Colón, Claribel Mateo y Gladys de los Santos, del Primer Tribunal Colegiado de Santiago, dictaron la sentencia al determinar que Matos Vásquez violó los artículos 295, 304, 309-2 y 309-3, literales B, C y D, del Código Penal Dominicano.