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:: Víctimas de Telexfree en el país pueden reclamar indemnización en EEUU
Víctimas de Telexfree en el país pueden reclamar indemnización en EEUU

Por: elcaribe - 02/09/2015

Más de ciento treinta mil dominicanos figuran en el listado de personas que pueden reclamar su indemnización a la Corte de Quiebra de Massachusetts, Estados Unidos, por el caso TelexFree. La Corte de Quiebra, conjuntamente con Stephen Darr, agente fiduciario para hacer efectiva la devolución a las víctimas del fraude piramidal, han iniciado el proceso legal de validación de las víctimas a nivel mundial, así como también los montos reclamados por las mismas, para determinar cómo serán divididos y repartidos equitativamente los bienes incautados a la empresa. 

Esa repartición solo se hará entre los que se hayan inscrito y completado de manera satisfactoria en el proceso de validación requerido por la ley, el cual está siendo manejado a través del portal web oficial del administrador de reclamos de la corte (www.kccllc.net/telexfree).

Los nombres de los dominicanos hábiles para hacer su reclamación están en la página web creada para esos fines. La misma incluye a los afectados de otros países.

El proceso requerirá la aprobación del Tribunal de Quiebras, una vez que este haya sido aprobado, la notificación de los procedimientos para presentar reclamaciones electrónicas se enviará a cada participante que figura en el Anexo F (disponible en esa página web) con las instrucciones para la presentación de reclamaciones por vía electrónica.

“El Anexo F contiene, en tres partes, una lista de las partes que pueden tener reclamos contra Telexfree. Puede buscar su nombre o usuario de inicio de sesión de forma electrónica. Si su nombre o usuario de inicio de sesión figura en el Anexo F, no necesita hacer nada en este momento”, expresa un comunicado en la web.

Los listados están clasificados por países. El fraude piramidal, realizado vía internet, involucra a personas de casi todo el mundo.

Límite de tiempo para registrarse

De acuerdo al Código de Quiebras de Estados Unidos, artículo 11, capítulo 5, acápite 1–b, los acreedores (víctimas) que no envíen su reclamación dentro del tiempo límite establecido por la corte, y por lo tanto no completen el proceso de validación, no participarán de la repartición de los activos incautados, que estarán llevando a cabo próximamente la corte de quiebras.



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