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:: Junta Monetaria modifica reglamentaciones bancarias
Junta Monetaria modifica reglamentaciones bancarias

Por: Diario Libre - 29/06/2015

El Banco Central informó que la Junta Monetaria planteó varias modificaciones reglamentarias en materia de evaluación de activos y límites a la concentración de créditos, con miras a facilitar el acceso al crédito bancario de proyectos de construcción de viviendas de bajo costo, de infraestructuras, redes viales y de los sectores productivos en sentido general.

Estas modificaciones fueron planteadas por la Junta Monetaria en su pasada sesión del jueves 25 de junio del año 2015.

En se tenor, en los casos que corresponde en sujeción a disposiciones establecidas en la Ley Monetaria y Financiera 183-02, de fecha 21 de noviembre del año 2002, el organismo rector de las Políticas Monetaria, Financiera y Cambiaria del país, puso las referidas enmiendas a consulta pública por cin co días en la página web del Banco Central, con el objeto de que los sectores interesados puedan externar sus consideraciones sobre el particular.

Los puntos planteados por la Junta Monetaria son los de: la admisión de garantías fiduciarias, los financiamientos bancarios con garantías del Estado dominicano, y la ampliación del límite individual para préstamos con garantías. En lo que respecta a la admisión de garantías fiduciarias, indica que en primer orden, las entidades de intermediación financiera podrán conceder créditos aceptando garantías fiduciarias que permitan fungir como colaterales para la mitigación del riesgo bancario, en el contexto del Reglamento de Evaluación de Activos (REA).

En segundo lugar, la Junta Monetaria incorpora en las modificaciones señaladas, que en el caso de préstamos directos e indirectos que sean otorgados con base a la garantía del Estado, o que los fondos para el repago de la deuda provengan de flujos reales consignados en el Presupuesto Nacional, dichos créditos sean considerados con clasificación “A” para fines del Reglamento de Evaluación de Activos.

La tercera vertiente de las modificaciones planteadas tiene que ver con el límite individual de crédito bancario de hasta un 10% sin garantías y hasta un 20% con garantías reales, las entidades de intermediación financiera podrán prestar hasta un cuarenta por ciento (40%) de su patrimonio técnico para una operación crediticia que esté respaldada con la garantía del Estado o que los fondos para el repago de la deuda provengan de flujos reales consignados en el Presupuesto Nacional.



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