Por: Diario libre - 30/05/2023
La clase trabajadora lleva al diálogo tripartito la regulación de la relación laboral entre empresas y personas que ofrecen servicios de transporte por plataformas digitales, un tipo de empleo que hasta el momento no está cubierto por el Código de Trabajo.
La propuesta es novedosa pues plantea ser formalizado bajo los códigos de la modalidad del teletrabajo o trabajo a distancia.
La iniciativa de las centrales sindicales plantea que el trabajo ejecutado por personas que prestan servicios retribuidos en el transporte, reparto o distribución de cualquier servicio, producto o mercancía, bajo la dirección y control de otra persona, mediante plataformas digitales, se rija por las disposiciones del Código de Trabajo y, en particular, por las que se aplican al teletrabajo.
El código vigente prohíbe en su Artículo 273 el trabajo a domicilio contratado por un órgano intermediario, es decir, que plataformas tecnológicas que se dedican a ser centrales de recepción de servicios y que los asignan a un cuarto participante en la cadena de servicios no pueden contar con las licencias gubernamentales para operar, aunque paguen impuestos.
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Para el diputado Orlando Jorge Villegas, uno de los responsables del sometimiento de un proyecto de ley que busca regular el teletrabajo, sería conveniente primero asentar las bases legales del trabajo a distancia o a domicilio para incluirlo como herramienta de regulación.
Precisó que, si las empresas de servicios por aplicaciones digitales pueden elaborar un contrato de teletrabajo con el empleado, para establecer las condiciones de trabajo, entonces aplican para ser medidas como empresas convencionales. Sin embargo, declaró que hay una situación con los intermediarios por aplicaciones: "Las aplicaciones digitales no tienen un marco regulatorio en la República Dominicana".
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